viernes, 30 de abril de 2010
A Frock By Friday
¡Precioso vestido! Grosgreim fabulous lo vuelve a conseguir, con este proyecto paso a paso de la confección de un vestido.Incluye un enlace con los patrones, por si alguien se anima. Para verlo haz click en el enlace. A Frock By Friday
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hecho a mano
jueves, 15 de abril de 2010
EL DÍA DEL NIÑO
Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959.
- Artículo 1º
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Artículo 2º
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
Artículo 3º
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
Artículo 4º
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.
Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.
El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Artículo 5º
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Artículo 6º
El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.
Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
Artículo 7º
El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
Artículo 8º
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Artículo 9º
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Artículo 10º
El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole.
Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
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martes, 6 de abril de 2010
PARECIDO RAZONABLE
Yo tengo mi particular replica de Boo, la niña de Mostruos S.A, además María al igual que Boo, esta en esa época en que ya hablan todo, pero con su particular lenguaje y hay momentos en que te suelta una parrafada y no entiendes más que la mitad de lo que dice, es una etapa en la que te ríes mucho con ella, todo lo que hace o dice resulta gracioso, incluso cuando se enfada y disfrutamos mucho todos de cada momento con ella. Es el juguete de la casa.
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viernes, 2 de abril de 2010
HANS CRISTIAN ANDERSEN
Hoy es el aniversario del nacimiento del escritor danés Hans Cristian Andersen, famoso sobre todo por sus cuentos infantiles.¿A quién no le han contado de pequeño uno de sus cuentos de hadas? yo misma, muchas noches le he contado una de sus historias a mis hijos. La sirenita ,El patito feo, Pulgarcita... Mi favorito desde niña es La pequeña cerillera; este cuento quizá fué inspirado en su propia infancia, ya que nació en una familia pobre, llegando incluso a tener que mendigar.En honor a este genio os dejo este enlace donde aparecen sus cuentos y este precioso corto de Disney basado en la historia de la pequeña cerillera.
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